¿Qué quiere decir que Madrid sea declarada zona catastrófica?

El alcalde de Madrid, José Luis Martínez Almeida, ha insistido hoy en que el Ayuntamiento no descarta solicitar al Gobierno central que declare a la capital zona catastrófica para hacer frente a las consecuencias de la histórica nevada que ha sacudido a la ciudad este fin de semana a pesar de que ayer el ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, rechazara de pleno esa posibilidad.

El ministro declaró este domingo en la rueda de prensa que ofreció al término de la reunión del Comité Estatal de Coordinación y Dirección (CECOD) del sistema nacional de Protección Civil que “no hay daños importantes ni a bienes públicos ni privados” en Madrid para esa declaración.

Unas palabras que, sin embargo, no han hecho cambiar de parecer al Consistorio madrileño que seguirá estudiando esa posibilidad, tal y como ha confirmado hoy el alcalde.

Pero, ¿qué quiere que Madrid sea declarada zona catastrófica?

La Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil contempla la declaración de «zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil», lo que popularmente se está denominando «declaración de zona catastrófica».

Para determinar si se puede o no declarar esa emergencia, la ley indica que habrá de valorarse «que se hayan producido daños personales o materiales -ciertos, evaluables económicamente y referidos a bienes que cuenten con la cobertura de un seguro, público o privado- derivados de un siniestro que perturbe gravemente las condiciones de vida de la población en un área geográfica determinada o cuando se produzca la paralización, como consecuencia del mismo, de todos o algunos de los servicios públicos esenciales».

Las administraciones interesadas, en este caso el Ayuntamiento de Madrid, deberán solicitar esa declaración a los Ministros de Hacienda y Administraciones Públicas y del Interior que serán los que lo propondrán al Consejo de Ministros, quien debe aprobar esa petición por acuerdo.

De aprobarse, la Administración General del Estado, intervendrá en la recuperación de la zona afectada mediante ayudas económicas, subvenciones, medidas fiscales y laborales, préstamos preferencias, entre otras.

Existen antecedentes recientes de esta declaración de emergencia en España cuando se produjeron los incendios forestales de Tarragona, Madrid y Toledo el pasado mes de junio, las inundaciones en Navarra y Ourense en julio, los incendios forestales en Gran Canaria en agosto y los episodios de Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA), también llamada «gota fría», que afectaron a varias CCAA.

Madridhoy

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